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El Padrón lo hacemos todos

El Padrón lo hacemos todos

El Padrón electoral El padrón electoral

¡El Padrón lo hacemos todos!

Tu participación es clave para la elaboración del Padrón Electoral; la información de éste, proviene de los datos que brindan todos los peruanos y peruanas al obtener su documento de identidad; por ende, necesita ser actualizado por el mismo ciudadano. De no hacerlo, el Padrón Electoral estará desactualizado y no reflejará la información real.

Recuerda que debes actualizar tus datos antes del cierre del Padrón Electoral.

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El Padrón electoral

Desde 1995, el Reniec tiene la responsabilidad de elaborar el Padrón Electoral que se utiliza en todos los procesos electorales y de consulta popular. El Padrón es la relación de personas habilitadas para sufragar, y es resultado de la actualización permanente del Registro Único de Identificación de las Personas Naturales (RUIPN).

La Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, dispone el cierre del Padrón Electoral un año antes de toda jornada electoral. También incluye a quienes cumplan la mayoría de edad desde el cierre del padrón hasta el mismo día de las elecciones.

¿Qué debo actualizar?

A. Tú domicilio actual en tú DNI.

Si cambiaste de domicilio, debes actualizarlo en tú DNI, eso te permitirá votar en el distrito o jurisdicción donde resides y elegir a tus autoridades.

 

Conoce cómo puedes actualizar tu domicilio en tu DNI en el siguiente vídeo:

 

 

 

 

B. Cambia el DNI amarillo por el azul o el electrónico, si ya cumpliste la mayoría de edad.

Ningún menor de edad puede votar ni figurar en el Padrón Electoral. Cuando los ciudadanos han cumplido la mayoría de edad y no realizan el cambio de su DNI de menores (amarillo) por el de adultos, sus datos y fotografía figuran desactualizados en la base de datos del Reniec y en el Padrón Electoral aparecerá de la misma forma.

 

Conoce cómo puedes cambiar tu DNI amarillo por el azul o electrónico en el siguiente vídeo: 

 

 

 

C. Inscribe las defunciones en el Reniec.

Es imposible que una persona fallecida vote, pero si sus deudos no han inscrito o generado el Acta de Defunción en el Reniec, sí es probable que aparezca en el Padrón Electoral. Mientras no se registre la defunción de un ciudadano en la base de datos del RENIEC o se genere su Acta de Defunción, el Reniec asumirá que está vivo y no podrá observar o anular el DNI. 

 

El proceso es el siguiente: producido el deceso, el centro de salud emite el Certificado de Defunción, con el cual el profesional de la salud certifica las causas del fallecimiento. Luego, con ese certificado se inscribe la defunción en el Reniec. Con ello queda anulado el DNI del difunto y deshabilitado para trámites de carácter civil y para votar. 

 

Conoce cómo puedes inscribir un Acta de Defunción en el siguiente vídeo: 

 

 

 

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