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Preguntas Frecuentes - Actas de nacimiento, matrimonio y defunción

Preguntas frecuentes

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Preguntas frecuentes

Actas de nacimiento, matrimonio y defunción

Actas de nacimiento, matrimonio y defunción

Actas de nacimiento, matrimonio y defunción - Trámites de inscripción

Trámites de inscripción

¿Qué es el registro de nacimientos?

El Registro de Nacimientos es un registro a cargo del RENIEC, en el cual se inscribe el Hecho Vital del Nacimiento de todos los peruanos; además se registran otros actos, entre los cuales tenemos: reconocimiento de los padres, adopciones, entre otros.

 

El registro se hace en un Acta, la cual permanece en custodia del RENIEC.

 

El Acta de Nacimiento es un instrumento jurídico que acredita el nombre de una persona, asimismo, entre sus efectos están el otorgar la nacionalidad peruana, acreditar vínculos de filiación, entre otros.

¿Es necesario llevar al menor para la inscripción de su nacimiento?

No es necesario que el menor esté físicamente presente al momento de su inscripción, sólo es necesario que el padre o madre o ambos, presenten su DNI o, en caso de extranjeros, original y copia simple del Carné de Extranjería o Pasaporte, además de los documentos necesarios según el tipo de inscripción (ver Inscripción de Nacimiento Ordinaria y Extemporánea).

¿Quiénes pueden efectuar la inscripción de un menor?

Los padres de forma individual o conjunta.

 

Sólo en caso de imposibilidad comprobada de los padres para efectuar este registro, podrán hacerlo los abuelos, sus hermanos mayores de edad, los hermanos mayores de edad del padre o la madre, los directores de centros de protección, los directores de centros educativos, el representante del Ministerio Público, el representante de la Defensoría del Niño.

¿Cuál es el plazo para la inscripción de menores nacidos en el extranjero en el RENIEC?

Un menor nacido en el extranjero podrá efectuar su inscripción en la Oficina Consular, cuando se encuentre domiciliando en el extranjero, durante su minoría de edad. En el caso de que el menor establezca su domicilio en territorio peruano y no haya sido inscrito su nacimiento en Oficina Consular previamente, podrá efectuar su inscripción en el RENIEC hasta antes de obtener su mayoría de edad.

 

Si no se inscribió en su minoría de edad, el nacido en el extranjero deberá efectuar su trámite del Derecho de Opción a la nacionalidad peruana, ante la DIGEMIN, Ministerio del Interior.

 

El plazo para la inscripción en el RENIEC es de 60 días de ocurrido el nacimiento, en forma ordinaria. Vencido ese plazo, la inscripción se efectuará en forma extemporánea.

¿Qué documento debo presentar para inscribir a un mayor de edad?

El mayor de edad debe presentarse personalmente para efectuar su inscripción extemporánea. Para ello deberá presentar:

• Solicitud suscrita con carácter de Declaración Jurada.

 

• Certificado de Nacido Vivo o Partida de Bautismo o Certificado de matrícula escolar con mención de grados cursados o declaración jurada de 2 testigos de conocimiento que serán calificados por el Registrador Civil.

 

En el caso de que los padres intervengan en el asiento registral deberá:

• Suscribir la Declaración de Consentimiento en presencia del Registrador Civil.

 

En el caso de que el mayor de edad haya sido declarado judicialmente interdicto, deberán presentar copia literal de la ficha registral de la inscripción en los registros públicos o parte judicial que declara la interdicción en la que se designa al curador.

Actas de nacimiento, matrimonio y defunción - Trámites de matrimonio

Trámites de matrimonio

Yo no soy casado y figuro en su registro como casado. ¿Qué trámite tengo que hacer?

En este caso Ud. realizó una declaración indebida de datos. El trámite administrativo solo procede en determinados casos detallados en nuestro TUPA. De lo contrario, para la modificación deberá presentar la Resolución Judicial que dictamine la soltería.

¿Cuáles son los requisitos para solicitar un certificado de soltería?

El nombre del trámite es constancia negativa de inscripción de matrimonio. El pago es 4.10 soles en el Banco de la nación o BCP y lo puede solicitar cualquier persona acercándose a nuestras oficinas. Siempre y cuando el titular tenga como dirección un distrito incorporado por el RENIEC.

¿Puedo cambiar mi estado civil vía web?

Solo podría hacer el cambio de estado civil de soltero a casado, siempre y cuando su partida de matrimonio se encuentre en uno de los distritos incorporados en el RENIEC.

 

- Relación de Oficinas de Registro de Estado Civil revocadas.

- Relación de Oficinas de Registro de Estado Civil incorporadas.

Actas de nacimiento, matrimonio y defunción - Distritos incorporados

Distritos incorporados

¿Cómo saber si tengo que registrar mi matrimonio en las oficinas del RENIEC?

Solo puede registrar su matrimonio en el RENIEC si se casó en un distrito incorporado.

¿Cuál es el horario para inscribir nacimientos, matrimonios, defunciones?

Lunes a viernes de 8:30am a 4:00pm y los sábados de 8:30am a 12:30pm

Actas de nacimiento, matrimonio y defunción - Trámites de defunción

Trámites de defunción

¿Existe plazo para inscribir el fallecimiento?

Actualmente no hay plazo.

Mi familiar acaba de fallecer, ¿qué debo hacer para registrarlo?

La inscripción de este hecho se realiza posteriormente al fallecimiento.

 

∗Debe adjuntar el Certificado Médico de fallecimiento debidamente suscrito y sellado por el médico que certifica el fallecimiento ó Declaración jurada de la autoridad política, judicial o religiosa de no haber un médico que acredite la defunción.

 

∗Entregar el DNI del fallecido o Declaración jurada de pérdida suscrita por el declarante.

 

∗Exhibir el DNI del declarante; en caso de extranjeros presentar original y copia simple del Carné de extranjería o Pasaporte.